La vacunación sigue siendo el eje principal de la política; vacunados están exentos de la prueba de Covid-19 y ya no se requieren cuarentenas de llegada.
Este viernes (1/4) se publicó la Ordenanza Interministerial 670/22, que establece la nueva política de restricción del tránsito internacional de viajeros, derivada de la pandemia de la Covid-19. Las nuevas reglas ya están en vigor y deben ser observadas por los viajeros y operadores de transporte aéreo, acuático y terrestre.
En términos generales, la nueva ordenanza confirma la vacunación como eje central de la política nacional de fronteras para todo tipo de transporte. Es decir, la presentación del comprobante de inmunización completa es obligatoria para todas las personas elegibles para la vacunación y que pretendan ingresar a Brasil.
Según la ordenanza, se considera que un viajero que ha completado el esquema de vacunación primaria (dos dosis o una dosis única, según el inmunizador) está completamente vacunado al menos 14 días antes de la fecha de salida. Se permiten vacunas aprobadas por Anvisa, la Organización Mundial de la Salud (OMS) o las autoridades del país donde el viajero fue inmunizado.
El texto también establece que no se aceptarán comprobantes de vacunación en los que los datos de la vacuna estén disponibles exclusivamente en formato QR Code o en cualquier otro lenguaje codificado. Tampoco se aceptarán certificados de recuperación de Covid-19 en lugar de prueba de vacunación completa.
Finalmente, la norma, siguiendo la recomendación de Anvisa, no prevé cuarentenas a la llegada al territorio brasileño. Tal medida de control sanitario ya no será necesaria. El 23 de marzo, Anvisa emitió una Nota Técnica recomendando al Comité de Ministros que suscribió el Decreto Interministerial 666/2022 actualizar la política de restricciones para el ingreso de viajeros al país. En la demostración, la Agencia consideró, con base en evidencias y análisis de datos, el nuevo contexto epidemiológico y de salud en Brasil, la eficacia de las medidas impuestas hasta entonces y el escenario internacional, con el fin de garantizar que las restricciones fueran proporcionales a los riesgos para la salud. público.
Consulta las nuevas normas para cada tipo de transporte
Transporte aereo
- Ya no es necesario cumplimentar la DSV (Declaración de Salud del Viajero).
- Vacunados: los brasileños y los extranjeros están exentos de presentar un documento que acredite una prueba de Covid-19, con resultado negativo o no detectable; únicamente deberán presentar a la aerolínea, antes de abordar, el comprobante de vacunación, impreso o electrónico.
- Viajeros que no estén completamente vacunados, siempre que los brasileños y los extranjeros residentes en territorio brasileño, los que tengan una condición de salud que contraindique la vacunación (comprobado por un informe médico), los que no sean elegibles para la vacunación debido a la edad o provengan de países con baja cobertura de vacunación: deberá presentar a la aerolínea, antes del embarque, el documento que acredite la realización de una prueba para Covid-19, con resultado negativo o no detectable, como prueba de antígeno o RT-PCR de laboratorio realizada un día antes del momento del embarque.
- Los extranjeros que no estén completamente vacunados quedan impedidos de ingresar al territorio nacional (salvo excepciones).
Transporte y fronteras terrestres
- Brasileños y extranjeros deben presentar comprobante de vacunación en los puntos de control terrestre. El recibo también debe presentarse, como condición para el embarque, a los responsables de los servicios de transporte internacional de pasajeros por carretera y ferrocarril.
- Están exentos de presentar comprobante de vacunación en el transporte terrestre:
Brasileños y extranjeros residentes en territorio brasileño que no estén completamente vacunados;
los trabajadores del transporte de carga en las condiciones que establezca la ordenanza;
residentes fronterizos en ciudades gemelas;
viajeros en situación de vulnerabilidad (crisis humanitaria);
viajeros de países con bajas coberturas de vacunación;
personas no elegibles para la vacunación en función de la edad;
viajeros con una condición de salud que contraindique la vacunación.
- Los extranjeros que no estén completamente vacunados quedan impedidos de ingresar al territorio nacional (salvo excepciones).
Transporte de agua
- Vacunados: los viajeros de origen internacional, brasileño o extranjero, deben presentar al operador o responsable de la embarcación, antes del embarque, el comprobante de vacunación, impreso o electrónico.
- Los viajeros vacunados están exentos de presentar un documento que acredite la realización de una prueba de Covid-19, con resultado negativo o no detectable.
- Viajeros que no estén completamente vacunados, siempre que los brasileños y los extranjeros residentes en territorio brasileño, los que tengan una condición de salud que contraindique la vacunación (comprobado por un informe médico), los que no sean elegibles para la vacunación debido a la edad o provengan de países con baja cobertura de vacunación: deberá presentar al operador o responsable de la embarcación, antes del desembarque en el país, el documento que acredite la realización de una prueba para Covid-19, con resultado negativo o no detectable, como prueba de antígeno o RT-PCR de laboratorio , realizado un día antes del momento del aterrizaje.
- Los extranjeros que no estén completamente vacunados quedan impedidos de ingresar al territorio nacional (salvo excepciones).
Normas aplicables a los niños
- Los niños vacunados están cubiertos por las reglas generales de la ordenanza.
- Niños no vacunados:
Los menores de 12 años, que viajen acompañados, están exentos de presentar pruebas de detección de infección (Covid-19) por el nuevo coronavirus (Sars-CoV-2), siempre que todos los acompañantes presenten documentos con resultado negativo o indetectable, de laboratorio. -tipo RT-PCR o prueba de antígenos, realizada hasta un día antes de la salida/entrada al país.
de 2 a 12 años de edad, que viajen sin acompañante, deberán presentar un documento con resultado negativo o no detectable, de laboratorio tipo RT-PCR o prueba de antígenos, realizado hasta un día antes del momento de salida/entrada en el país.
Los niños menores de 2 años no necesitan presentar pruebas.
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